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El CPCCS Transitorio tiene funciones excepcionales y no necesariamente enmarcadas en la ley

Por: Grijalva, Augusto [Constitucionalista].
Colaborador(es): Raza, Stalin [Constitucionalista].
Editor: Quito Pichincha Universal-Entrevista 2018-05-11Descripción: p.Tema(s): Potestad Ente / constitucionalistas Agustin Grijalva / Stalin Raza / Pichincha Universal-Entrevista / Consejo Transitorio / ley mandato popular / proceso reestructuración funciones Estado / evaluación y designación autoridades control / organismos derechos humanos y Procuraduría / mandato popular /fines democráticos / fortalecer separación poderes / Corte Constitucional / renunciar integrantes / incapacidadClasificación CDD: RAD-1820 Resumen: Los constitucionalistas Agustín Grijalva y Stalin Raza, analizaron las funciones y decisiones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) Transitorio y en ese sentido coincidieron en que el ente está actuando apegado a la ley y dentro del mandato popular. Grijalva, explicó que existe un proceso de reestructuración de las funciones del Estado que implica una evaluación y designación de autoridades de control, organismos de derechos humanos y Procuraduría y todo esto apoyado por el mandato popular del 4 de febrero. Aunque reconoció que en el camino se pueden encontrar contradicciones con la ley, insistió en que el Consejo tiene funciones transitorias enmarcadas en excepcionalidades, sin embargo “los límites son: que no se pueden violar derechos y arrogar funciones”. (...) Raza, coincidió, al resaltar que las tareas que persigue el CPCCS tiene fines democráticos, que buscan fortalecer la separación de poderes y en esa medida son constitucionales. En cuanto a la Corte Constitucional, Raza recomendó que sus integrantes den un paso al costado y renuncien pues su gestión tuvo deudas e incluso mostraron incapacidad de resolver el tema de la consulta popular del 4 de febrero. “Sería de decentes que renuncien y que no abonen al caos institucional”.
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Los constitucionalistas Agustín Grijalva y Stalin Raza, analizaron las funciones y decisiones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) Transitorio y en ese sentido coincidieron en que el ente está actuando apegado a la ley y dentro del mandato popular. Grijalva, explicó que existe un proceso de reestructuración de las funciones del Estado que implica una evaluación y designación de autoridades de control, organismos de derechos humanos y Procuraduría y todo esto apoyado por el mandato popular del 4 de febrero. Aunque reconoció que en el camino se pueden encontrar contradicciones con la ley, insistió en que el Consejo tiene funciones transitorias enmarcadas en excepcionalidades, sin embargo “los límites son: que no se pueden violar derechos y arrogar funciones”. (...) Raza, coincidió, al resaltar que las tareas que persigue el CPCCS tiene fines democráticos, que buscan fortalecer la separación de poderes y en esa medida son constitucionales. En cuanto a la Corte Constitucional, Raza recomendó que sus integrantes den un paso al costado y renuncien pues su gestión tuvo deudas e incluso mostraron incapacidad de resolver el tema de la consulta popular del 4 de febrero. “Sería de decentes que renuncien y que no abonen al caos institucional”.

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