01711nam a22002297a 4500999001700000005001700017008004100034040000800075041000700083082001900090110002800109245003600137300001300173500107600186650001101262650001001273650001301283650001501296650001401311856014001325942001601465 c41607d4160720171229152924.0171229b xxu||||| |||| 00| 0 eng d aANE aEs appde20171229-4 aDiario Expreso 20171229 aSupercom: rectifica o renuncia  a20171229 aEl señor Ochoa, de la Supercom, viene diciendo que no hay ningún problema con que él sancione a medios de comunicación, en casos en que la propia Supercom se crea “afectada”. Semejante ligereza la afinca en que, según él, la garantía ciudadana a la imparcialidad de quien resuelve un caso solo es exigible a los jueces (y no a funcionarios administrativos). No alega siquiera el señor Ochoa ser imparcial. Lo que dice, olímpicamente, es que él sí puede decidir casos en que tiene interés. (...) Para “dummies” (y para el señor Ochoa): la garantía de que quien resuelva un caso no tenga interés, se aplica no solo a jueces sino también a funcionarios como los superintendentes. En esa misma línea, una jueza local acaba de dejar sin efecto una sanción a Teleamazonas, que la impuso el señor Ochoa pese a tener interés en el caso (la supuesta afectada era la Supercom). La orden de disculpas públicas, incluida en el fallo, encierra al todavía superintendente: si tercamente no quiere rectificar, solo le queda renunciar. aCarlos aOchoa aSupercom arectifica  arenuncia  uhttp://documentacion.asambleanacional.gob.ec/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/8c79d024-f76c-485a-a14a-42a652ecf30a/ppde20171229-4.pdf 2ddccAPzpc