Raúl Tello: 'Es ridículo el argumento de no enjuiciar políticamente a Jorge Glas porque ya no es vicepresidente'
Por: Tello, Raúl [Asambleísta del Movimiento Unidos por Pastaza].
Editor: Quito Ecuavisa-Entrevista 2017-01-09Descripción: p.Tema(s): Desaprueban Criterio / Raúl Tello, asambleísta Movimiento Unidos Pastaza / Ecuavisa-Entrevista / Política Ecuador / juicio político / Jorge Glas / no Vicepresidente República / dictámen Corte Constitucional / artículo 159 Constitución / Comisión Fiscalización / proceso trámite / pruebas cargo descargoClasificación CDD: TV-5863 Resumen: El asambleísta del Movimiento Unidos por Pastaza, Raúl Tello afirmó que es completamente ridículo el criterio de que ya no cabe el juicio político en contra de Jorge Glas porque ya no es vicepresidente de la República. El asambleísta Tello refirió que el juicio político se inicia precisamente con el dictamen de la Corte Constitucional, eso dice el artículo 159 de la Constitución, de tal forma que no hay ninguna disposición legal alguna, ni siquiera a la Comisión de Fiscalización, suspender, archivar o peor declararse incompetente frente a un juicio político que se ha iniciado. La presidenta de la Comisión no tiene la facultad de suspender o archivar un juicio político, en este momento el juicio político está en trámite, y una vez que hemos recibido las pruebas de cargo y descargo, corresponde de manera inmediata se convoque a la Comisión de Fiscalización para elaborar el correspondiente informe que tiene que pasar a la Presidencia de la Asamblea Nacional y ponerlo en consideración del Pleno de la Legislatura.Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ejemplares |
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El asambleísta del Movimiento Unidos por Pastaza, Raúl Tello afirmó que es completamente ridículo el criterio de que ya no cabe el juicio político en contra de Jorge Glas porque ya no es vicepresidente de la República. El asambleísta Tello refirió que el juicio político se inicia precisamente con el dictamen de la Corte Constitucional, eso dice el artículo 159 de la Constitución, de tal forma que no hay ninguna disposición legal alguna, ni siquiera a la Comisión de Fiscalización, suspender, archivar o peor declararse incompetente frente a un juicio político que se ha iniciado. La presidenta de la Comisión no tiene la facultad de suspender o archivar un juicio político, en este momento el juicio político está en trámite, y una vez que hemos recibido las pruebas de cargo y descargo, corresponde de manera inmediata se convoque a la Comisión de Fiscalización para elaborar el correspondiente informe que tiene que pasar a la Presidencia de la Asamblea Nacional y ponerlo en consideración del Pleno de la Legislatura.
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