Eduardo Franco Loor: Jorge Glas nunca ha cometido delito alguno
Por: Loor, Franco [abogado].
Editor: Quito Ecuador Tv-Entrevista 2017-09-13Descripción: p.Tema(s): argumentos acusaciones/Eduardo Franco Loor/abogado/Ecuador TV-entrevista/varios escritos/instrucción fiscal/vicepresidente república/tioificación asociación ilícita/rechazo involucramiento segundo mandatario/instrucción fiscal/defensa técnica jurídica Glas/demostrar verdad/conducta humana/delito asociación ilícita artículo 369 COIP/Fiscalía GeneralClasificación CDD: TV-5551 Resumen: El abogado Eduardo Franco Loor, presentó varios escritos en relación a la instrucción fiscal que se le sigue al vicepresidente de la República por la tipificación de asociación ilícita. Franco Loor, rechaza el involucramiento al segundo mandatario en la instrucción fiscal, argumentó que la defensa técnica jurídica de Glas está basada esencialmente en demostrar la verdad. Jorge Glas Espinel nunca, ni en el pasado ni ahora ha cometido delito alguno. El delito científicamente analizado es una conducta que se genera como acción dolosa, culposa y como una omisión. La conducta atípica tiene que ser antijurídica y culpable entonces el primer elemento de cualquier delito es la conducta humana. El delito de asociación ilícita que supuestamente ha perpetrado el vicepresidente, es un delito en la cual en el artículo 369 del COIP señala que cuando dos o más personas constituyen una asociación ilícita con el fin de cometer delito, esto quiere decir que la Fiscalía debe demostrar como el Ing. Glas formó la asociación ilícita, sí se le está imputando un delito que no ha cometido.Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ejemplares |
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TV-5551 (Navegar estantería) | Disponible | TV-5551 |
El abogado Eduardo Franco Loor, presentó varios escritos en relación a la instrucción fiscal que se le sigue al vicepresidente de la República por la tipificación de asociación ilícita. Franco Loor, rechaza el involucramiento al segundo mandatario en la instrucción fiscal, argumentó que la defensa técnica jurídica de Glas está basada esencialmente en demostrar la verdad. Jorge Glas Espinel nunca, ni en el pasado ni ahora ha cometido delito alguno. El delito científicamente analizado es una conducta que se genera como acción dolosa, culposa y como una omisión. La conducta atípica tiene que ser antijurídica y culpable entonces el primer elemento de cualquier delito es la conducta humana. El delito de asociación ilícita que supuestamente ha perpetrado el vicepresidente, es un delito en la cual en el artículo 369 del COIP señala que cuando dos o más personas constituyen una asociación ilícita con el fin de cometer delito, esto quiere decir que la Fiscalía debe demostrar como el Ing. Glas formó la asociación ilícita, sí se le está imputando un delito que no ha cometido.
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