Fausto Camacho: Exvocal del CNE advierte sobre cambios en el manejo de las actas electorales
Por: Camacho, Fausto [ exvocal del Consejo Nacional Electoral (CNE)].
Editor: Quito Ecuavisa 2017-01-25Descripción: p.Tema(s): Elecciones 2017/exvocal Consejo Nacional electoral; Fausto Camacho/Ecuavisa/política Ecuador/manejo actas/Juntas Receptoras Voto/cambio reglas/tres ejemplares actaClasificación CDD: TV-4841 Resumen: El exvocal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Fausto Camacho, al referirse al manejo de las actas de las Juntas Receptoras del Voto (JRV) para las próximas elecciones, advierte el cambio de reglas que afectaría la transparencia electoral. Según Camacho, la norma establece la existencia de tres ejemplares del acta de instalación y de escrutinio para que cada una de ellas tenga un fin específico. El primer ejemplar debe ir en un sobre junto a los votos utilizados, debidamente empacados. Un segundo ejemplar debe ir en un sobre sellado que deberá estar firmado y sellado por el presidente y un secretario de la junta, y entregado a una persona que se llama coordinador electoral que lo deberá trasladar inmediatamente a la Junta Intermedia o Junta Provincial para allí ser expuesta en audiencia pública y en acompañamiento de los delegados de los partidos políticos para proceder al cómputo de los votos. Este procedimiento -señalado por la ley- ha sido modificado con una simple resolución del CNE. Y tercero, se suprime el ejemplar que debe ser pegado en la pared, y en cambio será entregado a un policía que lo llevará a un escáner en el recinto electoral.Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ejemplares |
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El exvocal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Fausto Camacho, al referirse al manejo de las actas de las Juntas Receptoras del Voto (JRV) para las próximas elecciones, advierte el cambio de reglas que afectaría la transparencia electoral. Según Camacho, la norma establece la existencia de tres ejemplares del acta de instalación y de escrutinio para que cada una de ellas tenga un fin específico. El primer ejemplar debe ir en un sobre junto a los votos utilizados, debidamente empacados. Un segundo ejemplar debe ir en un sobre sellado que deberá estar firmado y sellado por el presidente y un secretario de la junta, y entregado a una persona que se llama coordinador electoral que lo deberá trasladar inmediatamente a la Junta Intermedia o Junta Provincial para allí ser expuesta en audiencia pública y en acompañamiento de los delegados de los partidos políticos para proceder al cómputo de los votos. Este procedimiento -señalado por la ley- ha sido modificado con una simple resolución del CNE. Y tercero, se suprime el ejemplar que debe ser pegado en la pared, y en cambio será entregado a un policía que lo llevará a un escáner en el recinto electoral.
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