Sanciones en caso de no cumplir como miembro de mesa en las elecciones
Por: Pozo, Juan Pablo [Consejo Nacional Electoral].
Editor: Quito Teleamazonas 2016-11-17Descripción: p.Tema(s): cumplimiento ciudadano/Consejo Nacional Electoral/Teleamazonas/política Ecuador/elecciones 2017/ciudadanos conformarán/juntas receptoras voto/elecciones 19 febrero 2017/carácter obligatorio/sqnción no presentarse/determina Código Democracia/multa equivalente/15% remuneración básica unificada/8 dólares especieClasificación CDD: TV-4516 Resumen: El Consejo Nacional Electoral (CNE) escogió mediante un sorteo a los ciudadanos que conformarán las juntas receptoras del voto en las elecciones del 19 de febrero de 2017. Ser integrante de una junta receptora es de carácter obligatorio. Así, los ciudadanos seleccionados serán sancionados en caso de no presentarse. La sanción la determina el Código de la Democracia en el cual se indica que quien no asista a integrar las juntas receptoras, será multado con el equivalente al 15% de la remuneración básica unificada que esté en curso, más 8 dólares de la especie.Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ejemplares |
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El Consejo Nacional Electoral (CNE) escogió mediante un sorteo a los ciudadanos que conformarán las juntas receptoras del voto en las elecciones del 19 de febrero de 2017. Ser integrante de una junta receptora es de carácter obligatorio. Así, los ciudadanos seleccionados serán sancionados en caso de no presentarse. La sanción la determina el Código de la Democracia en el cual se indica que quien no asista a integrar las juntas receptoras, será multado con el equivalente al 15% de la remuneración básica unificada que esté en curso, más 8 dólares de la especie.
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