Alfredo PInoargote: consulta popular anunciada por el mandatario debe pasar por una Asamblea Constituyente
Por: Pinoargote, Alfredo [periodista].
Editor: Quito Ecuavisa 2016-07-11Descripción: p.Tema(s): consulta/periodista/comentario semanal en Ecuavisa/Presidente de la República/Constitución/convocar/Consulta Popularenmendar o reformar la Carta Magna/no restricciones derechos y garantías constitucionales/Corte Constitucional/califique la pregunta/no puede ser funcionario público, sea electo por elección popular o no, quien tenga capitales o empresas en paraísos fiscales/ Asamblea ConstituyenteClasificación CDD: TV-2988 Resumen: El periodista Alfredo Pinoargote, en su comentario semanal en Ecuavisa, refirió que según la Constitución el presidente de la República puede convocar a consulta popular para enmendar o reformar la Carta Magna siempre que no suponga unas restricción en los derechos y garantías constitucionales. Pinoargote trajo a consideración esta norma al referirse al anuncio hecho por el presidente de la República, el viernes pasado, de que enviará esta semana a la Corte Constitucional para que califique la pregunta de la consulta popular en el sentido de que no puede ser funcionario público, sea electo por elección popular o no, quien tenga capitales o empresas en paraísos fiscales. Según el periodista, el único camino para tramitar esta propuesta solo podrá ser convocando a una Asamblea Constituyente mediante consulta popular de acuerdo al artículo 444 de la Constitución, el resto es solo una cortina de humo sobre los funcionarios mencionados en los "Panama Papers".Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ejemplares |
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El periodista Alfredo Pinoargote, en su comentario semanal en Ecuavisa, refirió que según la Constitución el presidente de la República puede convocar a consulta popular para enmendar o reformar la Carta Magna siempre que no suponga unas restricción en los derechos y garantías constitucionales. Pinoargote trajo a consideración esta norma al referirse al anuncio hecho por el presidente de la República, el viernes pasado, de que enviará esta semana a la Corte Constitucional para que califique la pregunta de la consulta popular en el sentido de que no puede ser funcionario público, sea electo por elección popular o no, quien tenga capitales o empresas en paraísos fiscales. Según el periodista, el único camino para tramitar esta propuesta solo podrá ser convocando a una Asamblea Constituyente mediante consulta popular de acuerdo al artículo 444 de la Constitución, el resto es solo una cortina de humo sobre los funcionarios mencionados en los "Panama Papers".
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