Jorge Zavala: el Estado debe reintegrar el patrimonio de los hermanos Isaías Dassum al 7 de julio del 2008
Por: Zavala Egas, Jorge [abogado de los hermanos Isaías Dassum].
Colaborador(es): Long, Guillaume [Calciller de la República].
Editor: Quito Teleamazonas 2016-06-15Descripción: p.Tema(s): perjuicio/abogado de los hermanos Isaías Dassum/política/conflicto/feriado bancario/prófugos/radicados en Estados Unidos de Norteamérica/ Asamblea Constituyente de Montecristi,/Mandato No. 13/ Comité de Derechos Humanos de la Naciones Unidas /ha condenado al Estado de Ecuador/reparación integral/canciller ecuatoriano/derecho de autores/ Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos/según abogado defensor/numeral 8 resolución/Estado Ecuatoriano violó derecho/proceso debidas garnatías/plena reparación/recurso efectivo/ condena al Estado ecuatoriano /obtorga plazo al Estado/informar medidas adoptadas/validez y legitimación /resolución/ incautaciones Agencia de Garantías de Depósitos (AGD)/nulidad resoluciones incautaciones/regresa situación jurídica/ y patrimonial de los hermanos banquerosClasificación CDD: TV-2811 Resumen: El Estado ecuatoriano violó los derechos de los hermanos Isaías Dassum con el Mandato No. 13 de de la Asamblea Constituyente de Montecristi, por eso el Comité de Derechos Humanos de la Naciones Unidas ha condenado al Estado de Ecuador a una reparación integral de los hermanos Isaías Dassum. "La emisión del Mandato Constituyente No. 13 violó, violó, violó, señor canciller (Guillaume Long) el derecho de los autores (hermanos Isaías Dassum) conforme el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos , afirmó el abogado de los hermanos Isaías Dassum, Jorge Zavala Egas. "No es posible que no se le diga al Ecuador, desgraciadamente para el Gobierno, pero felizmente para el pueblo ecuatoriano, que se precautelan sus derechos constitucionales, y en el numeral 8 de la resolución del Comité de Derechos Humanos de la Naciones Unidas dice que el Estado ecuatoriano violó el derecho de los Isaías a un proceso con las debidas garantías en la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil". También ordena la plena reparación a través de un recurso efectivo, reitera la condena al Estado ecuatoriano y por último le otorga un plazo de 180 días al Estado para que informe sobre las medidas que haya adoptado para aplicar el presente dictamen. El jurista explicó que el Mandato No. 13 declaró la validez y legitimación de la resolución de las incautaciones de la Agencia de Garantías de Depósitos (AGD). El Mandato No. 13 conlleva la nulidad de las resoluciones de incautaciones por razones obvias, por lo tanto se regresa a la situación jurídica y patrimonial de los hermanos Isaías Dassum al día 7 de julio del 2008. Esto significa, para Zavala, el reintegro de los bienes no cedidos ni transferidos que fueron incautados, y aquellos que fueron transferidos o cedidos sean pagado por equivalente, "eso implica la condena del Estado ecuatoriano por parte del más alto tribunal de justicia del mundo. (Ecuador en Vivo)Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ejemplares |
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El Estado ecuatoriano violó los derechos de los hermanos Isaías Dassum con el Mandato No. 13 de de la Asamblea Constituyente de Montecristi, por eso el Comité de Derechos Humanos de la Naciones Unidas ha condenado al Estado de Ecuador a una reparación integral de los hermanos Isaías Dassum. "La emisión del Mandato Constituyente No. 13 violó, violó, violó, señor canciller (Guillaume Long) el derecho de los autores (hermanos Isaías Dassum) conforme el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos , afirmó el abogado de los hermanos Isaías Dassum, Jorge Zavala Egas. "No es posible que no se le diga al Ecuador, desgraciadamente para el Gobierno, pero felizmente para el pueblo ecuatoriano, que se precautelan sus derechos constitucionales, y en el numeral 8 de la resolución del Comité de Derechos Humanos de la Naciones Unidas dice que el Estado ecuatoriano violó el derecho de los Isaías a un proceso con las debidas garantías en la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil". También ordena la plena reparación a través de un recurso efectivo, reitera la condena al Estado ecuatoriano y por último le otorga un plazo de 180 días al Estado para que informe sobre las medidas que haya adoptado para aplicar el presente dictamen. El jurista explicó que el Mandato No. 13 declaró la validez y legitimación de la resolución de las incautaciones de la Agencia de Garantías de Depósitos (AGD). El Mandato No. 13 conlleva la nulidad de las resoluciones de incautaciones por razones obvias, por lo tanto se regresa a la situación jurídica y patrimonial de los hermanos Isaías Dassum al día 7 de julio del 2008. Esto significa, para Zavala, el reintegro de los bienes no cedidos ni transferidos que fueron incautados, y aquellos que fueron transferidos o cedidos sean pagado por equivalente, "eso implica la condena del Estado ecuatoriano por parte del más alto tribunal de justicia del mundo. (Ecuador en Vivo)
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