Propuesta de reforma laboral: "Seguro de Desempleo"
Por: Secretaria de Comunicación [TC Televisión].
Editor: Quito TC Televisión 2016-02-24Descripción: p.Tema(s): reformas/Secretaria de Comunicación/TC Teevisión/Gobierno Nacional/Asamblea Nacional/Alianza País/Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social/Ministerio de Trabajo/seguro de desempleo/propuestas/Reforma Laboral/beneficios al trabajador/persona que pierda su trabajo/cumpliendo siertos requisitos/fondos de cesantíaClasificación CDD: TV-2135 Resumen: El seguro de desempleo, una de las propuestas de la reforma laboral, establece una remuneración mensual durante cinco meses, en caso de que una persona pierda su trabajo. Para acceder al seguro de desempleo se requerirá 24 aportaciones acumuladas y no simultáneas en relación de dependencia; de encontrarse en situación de desempleo por más de 60 días, deberá realizar la solicitud para el pago de la prestación a partir del día 61, de encontrarse desempleado y hasta en un plazo máximo de 45 días posterior al plazo establecido, y no ser jubilado. Se debe aclarar que quienes tienen fondos de cesantía hasta la fecha en que posiblemente se apruebe la norma, no los perderán, posterior a ello el seguro de desempleo sustituirá a la cesantía y será cancelado tomando en cuenta el promedio de salario de los últimos 12 meses de trabajo. 12:00 RTU Diferentes posturas sobre reformas laboralesTipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ejemplares |
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TV-2135 (Navegar estantería) | Disponible | TV-2135 |
El seguro de desempleo, una de las propuestas de la reforma laboral, establece una remuneración mensual durante cinco meses, en caso de que una persona pierda su trabajo. Para acceder al seguro de desempleo se requerirá 24 aportaciones acumuladas y no simultáneas en relación de dependencia; de encontrarse en situación de desempleo por más de 60 días, deberá realizar la solicitud para el pago de la prestación a partir del día 61, de encontrarse desempleado y hasta en un plazo máximo de 45 días posterior al plazo establecido, y no ser jubilado. Se debe aclarar que quienes tienen fondos de cesantía hasta la fecha en que posiblemente se apruebe la norma, no los perderán, posterior a ello el seguro de desempleo sustituirá a la cesantía y será cancelado tomando en cuenta el promedio de salario de los últimos 12 meses de trabajo.
12:00 RTU Diferentes posturas sobre reformas laborales
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