Galo Chiriboga: "No debieron ir uniformados" los militares a la audiencia, dice el fiscal general
Por: Chiriboga, Galo [ fiscal general del Estado].
Editor: Quito Ecuavisa 2015-12-09Descripción: p.Tema(s): audiencia/ fiscal general del Estado/varios casos/Alfaro Vive Carajo/distintos períodos/grupo población/civil Ecuatoriana/ crímenes de lesa humanidad /levantado armas/contra Estado ecuatoriano/Derecho Internacional Humanitario guerra internacional/grupo armado/grupo derecho/proceso penal/ alto mando militar /derecho asistir/No debieron ir uniformados/uniforme destinado/actividades institucionalesClasificación CDD: TV-1754 Resumen: Los casos Consuelo Benavides, (diciembre de 1985); Fausto Basantes (enero de 1982); Cotocollao (1986); Azuay (junio de 1986): Arturo Jarrín (octubre de 1986), "todo estos hechos que ocurren entre 1985 y 1986 nos permite contextualizar ese ataque a un grupo de la población civil ecuatoriana". Así argumenta el fiscal general del Estado para justificar su postura de que hubo crímenes de lesa humanidad en contra de varios integrantes de Alfaro Vive Carajo, que en esa época se habían levantado en armas en contra del Estado ecuatoriano. Según el fiscal, "en el Derecho Internacional Humanitario, que es la ley que rige a la guerra internacional se establece cuándo es un grupo armado, un ejemplo de ello son las Farc (Colombia), porque no solo habían enfrentado al Estado colombiano sino que que también habían tomado parte del territorio...pero en cualquier caso un grupo armado o un grupo criminal tenía el pleno derecho de que sus inconductas sean sometidas a un proceso penal. Sobre la presencia del alto mando militar en la audiencia en el juicio que se sigue en contra de varios militares por delitos de lesa humanidad en contra de miembros de Alfaro Vive Carajo, dijo que todas las personas tienen el derecho de asistir, lo que no comparte, al igual que el presidente de la República, es que hayan ido con uniforme militar. "No debieron ir uniformados, porque el uniforme está destinado para actividades institucionales", apostilló. (Ecuador en Vivo)Tipo de ítem | Ubicación actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ejemplares |
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Los casos Consuelo Benavides, (diciembre de 1985); Fausto Basantes (enero de 1982); Cotocollao (1986); Azuay (junio de 1986): Arturo Jarrín (octubre de 1986), "todo estos hechos que ocurren entre 1985 y 1986 nos permite contextualizar ese ataque a un grupo de la población civil ecuatoriana". Así argumenta el fiscal general del Estado para justificar su postura de que hubo crímenes de lesa humanidad en contra de varios integrantes de Alfaro Vive Carajo, que en esa época se habían levantado en armas en contra del Estado ecuatoriano. Según el fiscal, "en el Derecho Internacional Humanitario, que es la ley que rige a la guerra internacional se establece cuándo es un grupo armado, un ejemplo de ello son las Farc (Colombia), porque no solo habían enfrentado al Estado colombiano sino que que también habían tomado parte del territorio...pero en cualquier caso un grupo armado o un grupo criminal tenía el pleno derecho de que sus inconductas sean sometidas a un proceso penal. Sobre la presencia del alto mando militar en la audiencia en el juicio que se sigue en contra de varios militares por delitos de lesa humanidad en contra de miembros de Alfaro Vive Carajo, dijo que todas las personas tienen el derecho de asistir, lo que no comparte, al igual que el presidente de la República, es que hayan ido con uniforme militar. "No debieron ir uniformados, porque el uniforme está destinado para actividades institucionales", apostilló. (Ecuador en Vivo)
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