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Fidel Araujo ha sido sentenciado por un delito que no existe en el Coip, según abogado defensor

Por: Zambrano, Reynaldo [abogado defensor].
Editor: Quito Ecuavisa 2015-09-01Descripción: p.Tema(s): sentencia 30S/abogado defensor/sentencia impuesta/seis años reclusión menor ordinaria/defendido enfrenta supuesta participación 30S/delito no comprobado/imputa incitar rebelión/revuelta policial 30 septiembre 2010/percepción política/condena pena reclusión/rebajada prena prisión con atenuantes/no existe prueba dentro proceso/determine existencia material infracción/responsabilidad penal/Corte Nacional Justicia/recurso casación presentado/pedido archivo y extinción penaClasificación CDD: TV-1192 Resumen: El abogado de Fidel Araujo, Reynaldo Zambrano, al referirse a la sentencia (seis años de reclusión menor ordinaria) que su defendido enfrenta por una supuesta participación del 30-S, manifestó que nunca se pudo comprobar el delito que se le imputa de incitar a la rebelión en la revuelta policial del 30 de septiembre del 2010. Para Zambrano es lamentable el hecho de que por una percepción política una persona inocente haya sido condenada a una pena de reclusión rebajada a una pena de prisión con sus atenuantes sin que exista una sola prueba dentro del proceso que determine la existencia material de la infracción y la responsabilidad penal del mayor Fidel Araujo. El abogado dijo que hoy la Corte Nacional de Justicia deberá resolver sobre el recurso de casación presentado y también sobre el pedido de archivo y de extinción de la pena en virtud de que el delito ya no existe en el Coip. (Ecuador en Vivo)
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El abogado de Fidel Araujo, Reynaldo Zambrano, al referirse a la sentencia (seis años de reclusión menor ordinaria) que su defendido enfrenta por una supuesta participación del 30-S, manifestó que nunca se pudo comprobar el delito que se le imputa de incitar a la rebelión en la revuelta policial del 30 de septiembre del 2010. Para Zambrano es lamentable el hecho de que por una percepción política una persona inocente haya sido condenada a una pena de reclusión rebajada a una pena de prisión con sus atenuantes sin que exista una sola prueba dentro del proceso que determine la existencia material de la infracción y la responsabilidad penal del mayor Fidel Araujo. El abogado dijo que hoy la Corte Nacional de Justicia deberá resolver sobre el recurso de casación presentado y también sobre el pedido de archivo y de extinción de la pena en virtud de que el delito ya no existe en el Coip. (Ecuador en Vivo)


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