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Consulta popular, la Corte no ha resuelto lo de fondo, según Stalin Raza

Por: Raza, Stalin [ exasesor de la Corte Constitucional].
Editor: Quito Ecuavisa 2015-04-22Descripción: p.Tema(s): Pronunciamiento consultas populares/exasesor Corte Constitucional/colectivo Compromiso Ecuador/Yasunidos/colectivo Democracia Si/Corte Constitucional/Consejo Nacional Electoral/Constitución Republica/exasesor refiere consultas populares/refieren modificación constitución/necesario recolección firmas/dictamen constitucionalidad Corte Constitucional/2013 Consulta Popular no implicaba reforma constitucional/caso Yasunidos no era consulta modificaba constitución/error Corte constitucional pronunciamiento consultas populares/constitucionalista consulta popular colectivo compromiso Ecuado/implica reforma constitucional/Consejo Nacional Electoral debia entregar fomrmularios/jueses constitucionales encargados disciplinar política resolver problemaClasificación CDD: TV-594 Resumen: Stalin Raza, exasesor de la Corte Constitucional, reiteró su criterio de que las consultas populares se refieren a modificación de la Constitución es necesario que de manera previa a la recolección de las firmas exista el dictamen de constitucionalidad de la Corte Constitucional. Recordó que la jurisprudencia de carácter vinculante del 25 de septiembre del 2013, se refería a una consulta que no implicaba una reforma constitucional, y además se hizo un día antes para ser aplicada un día después al caso de los Yasunidos, que tampoco era una consulta que modificaba la Constitución. "Ese es el primer error que comete la Corte Constitucional en su pronunciamiento de las consultas populares". Para el constitucionalista la consulta popular del colectivo "Compromiso Ecuador" implica una reforma constitucional. Según Raza, la Corte Constitucional debió resolver el fondo del asunto, y decirle al CNE entregue los formularios, pero "son los jueces constitucionales encargados de disciplinar a la política los que tenían que resolver este problema". "La Corte Constitucional cuando decidió que el Consejo Nacional Electoral no es el legitimado activo se equivocó y actuó de manera diferente a lo actuado en otros casos". "Lo que ha hecho la Corte -en el caso de Compromiso Ecuador- es actuar de manera distinta a la de otros casos", acotó. Respecto de la consulta popular presentada por el colectivo "Democracia Sí", la resolución de la Corte es impresentable, dice Stalin Raza.
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Stalin Raza, exasesor de la Corte Constitucional, reiteró su criterio de que las consultas populares se refieren a modificación de la Constitución es necesario que de manera previa a la recolección de las firmas exista el dictamen de constitucionalidad de la Corte Constitucional. Recordó que la jurisprudencia de carácter vinculante del 25 de septiembre del 2013, se refería a una consulta que no implicaba una reforma constitucional, y además se hizo un día antes para ser aplicada un día después al caso de los Yasunidos, que tampoco era una consulta que modificaba la Constitución. "Ese es el primer error que comete la Corte Constitucional en su pronunciamiento de las consultas populares". Para el constitucionalista la consulta popular del colectivo "Compromiso Ecuador" implica una reforma constitucional. Según Raza, la Corte Constitucional debió resolver el fondo del asunto, y decirle al CNE entregue los formularios, pero "son los jueces constitucionales encargados de disciplinar a la política los que tenían que resolver este problema". "La Corte Constitucional cuando decidió que el Consejo Nacional Electoral no es el legitimado activo se equivocó y actuó de manera diferente a lo actuado en otros casos". "Lo que ha hecho la Corte -en el caso de Compromiso Ecuador- es actuar de manera distinta a la de otros casos", acotó. Respecto de la consulta popular presentada por el colectivo "Democracia Sí", la resolución de la Corte es impresentable, dice Stalin Raza.


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